Primeras jornadas sobre conservación de la fauna itícola en el Río Uruguay

13 julio 2000

La República Argentina y la República Oriental del Uruguay acordaron el 19 de noviembre de 1973 el Estatuto del Río Uruguay, con la finalidad de establecer los mecanismos comunes necesarios para el racional aprovechamiento del Río Uruguay, en observancia de los derechos y obligaciones emergentes de los Tratados y demás compromisos vigentes entre los Estados Parte.
Entre sus competencias y responsabilidades, se encomendó a la Comisión Administradora del Río Uruguay, creada por el Estatuto, la promoción y coordinación de estudios e investigaciones, que incluyen, entre otros, los referidos a la conservación de los recursos vivos del Río Uruguay. En este contexto se inscriben los programas de investigación emprendidos conjuntamente con el Instituto Nacional de Pesca del Uruguay (INAPÉ) y el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero de Argentina (INIDEP), tendientes a determinar la composición, características biológicas y magnitud de los recursos ícticos, y a orientar su racional administración.

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