Institucional

Reseña histórica

La Comisión Administradora del Río Uruguay es un organismo internacional creado por las Repúblicas Argentina y Oriental del Uruguay como concreción de la voluntad de ambas en institucionalizar un sistema de administración global del Río Uruguay en el tramo del mismo que comparten.

Esta Comisión fue constituida por el «Estatuto del Río Uruguay», suscrito entre ambos países platenses el 26 de Febrero de 1975 y tiene como principal antecedente «El Tratado de Limites del Río Uruguay» del 7 de Abril de 1961.

El propósito de su creación responde a la idea de contar con un mecanismo idóneo para un «óptimo y racional aprovechamiento del Río» ( Art.1° del Estatuto).

En su seno, ambos países hallan, mediante la adopción de decisiones conjuntas recaídas en cuestiones de interés común, la deseada coordinación de sus actuaciones, experiencias y aspiraciones. A dichos efectos es que le han otorgado la responsabilidad de llevar a cabo todas aquellas tareas integrantes de su amplia competencia en aras de velar por la constante obtención de la finalidad que motiva su existencia.

La Comisión Administradora del Río Uruguay se manifiesta, pues, como un moderno y avanzado instrumento internacional para la administración de un recurso hídrico compartido, en expresión cabal del elevado espíritu integracionista de los Estados que le dieran vida.

Las diferentes maneras en que puede ser utilizado el Río Uruguay (navegación, pesca, lecho y subsuelo, etc.) necesitan ser reguladas jurídicamente. La C.A.R.U tiene la facultad de preparar y dictar una serie de reglamentaciones tendientes a lograr las garantías y el ordenamiento señalado precedentemente. Ese conjunto de normas es conocido como «DIGESTO SOBRE USOS DEL RIO URUGUAY».